La Abogacía del Estado frena el acceso de Julio Iglesias a denuncias en su contra

Según una información adelantada por OK Diario, el organismo público se alinea con la Fiscalía para evitar que el cantante conozca el contenido de las acusaciones de agresión sexual ya archivadas
Actualidad Sala de redacción
audiencia-nacional-madrid-recurso-julio-iglesias|Foto: Getty Images
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El complejo laberinto judicial que rodea a Julio Iglesias ha sumado un nuevo e intenso capítulo tras conocerse que la Abogacía del Estado se ha movilizado para impedir que el cantante acceda a las denuncias calificadas como "fake" por su entorno.

Según revela OK Diario, basándose en un escrito de ocho páginas, los servicios jurídicos del Estado han formalizado su oposición a que el artista internacional conozca los detalles de las acusaciones interpuestas por dos exempleadas, quienes le señalaron por presunta agresión sexual y trata de seres humanos.

Este movimiento alinea a la Abogacía con la Fiscalía de la Audiencia Nacional en su estrategia de blindar un expediente que, pese a estar archivado, permanece fuera del alcance de la defensa.

La estrategia de la Abogacía se sustenta en tres pilares técnicos que buscan invalidar la vía emprendida por el equipo legal del cantante, liderado por el penalista José Antonio Choclán. En primer lugar, el escrito aborda causas de inadmisibilidad, cuestionando si el procedimiento contencioso-administrativo es el cauce adecuado para esta reclamación.

Según el abogado del Estado, el auto judicial recurrido obvió pronunciarse sobre extremos planteados por la Fiscalía el pasado 13 de marzo de 2026, lo que a su juicio invalida la adecuación del proceso para dirimir una cuestión que emana de una investigación preprocesal que no llegó a juicio.

El segundo argumento de peso es la presunta falta de jurisdicción. La Abogacía sostiene que el orden contencioso-administrativo carece de competencias para resolver este litigio, sugiriendo que Iglesias debería acudir a la vía penal o civil.

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Esta postura genera una paradoja procesal significativa: el Estado insta al cantante a presentar querellas en juzgados por un caso que nunca llegó a judicializarse formalmente y que se quedó en la fase de investigación interna del Ministerio Público. Para el representante estatal, el procedimiento vulnera el artículo 51.1 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

En última instancia, el recurso señala que la actividad de la Fiscalía en este ámbito no es susceptible de impugnación en vía administrativa.

Esta tesis choca frontalmente con la decisión previa de la juez Emilia Peraile Martínez, titular de la Sección de lo Contencioso-Administrativo, quien sí admitió a trámite el recurso de Iglesias al considerar que podría existir una vulneración de derechos fundamentales.

La magistrada permitió inicialmente el acceso a la documentación, una decisión que ahora queda en suspenso tras el movimiento coordinado entre la Abogacía, el fiscal jefe Jesús Alonso y la titular de la Fiscalía General, Teresa Peramato.

En el ordenamiento jurídico español, el derecho a la tutela judicial efectiva ampara el conocimiento de las acusaciones para ejercer una defensa o acciones de réplica, un principio que en este caso colisiona con la reserva de las investigaciones fiscales no judicializadas.

El origen de este conflicto se remonta a las declaraciones por videoconferencia que la Fiscalía tomó a las denunciantes sin notificar al equipo legal del artista. Iglesias, que no ha podido visionar dichas grabaciones ni leer los expedientes, alega indefensión, pues no puede valorar si la gravedad de las acusaciones justifica una demanda por denuncia falsa.

Ahora, la Audiencia Nacional deberá resolver si mantiene el derecho del cantante a saber de qué se le acusó o si, por el contrario, prevalece el criterio de la Abogacía del Estado que le obliga a transitar por un camino penal que, hoy por hoy, parece un callejón sin salida burocrático.

Con información de OK Diario 

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