
La DGT reduce la vigencia del carnet para mayores de 65 años

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha reestructurado los criterios administrativos y médicos que regulan la validez de las autorizaciones para conducir en el sector de la población de edad avanzada.
A pesar de que el ordenamiento jurídico español actual no fija un límite cronológico definitivo para prohibir el uso de vehículos, las personas que superen los 65 años de edad deben someterse a un nuevo marco normativo.
Las modificaciones regulatorias imponen plazos de control más estrictos con el propósito directo de supervisar las condiciones psicofísicas de este colectivo de usuarios en las vías públicas.
Nuevos períodos de validez y revisiones obligatorias
La reforma de mayor impacto logístico se centra en la reducción del período de vigencia de las acreditaciones administrativas. Las licencias de circulación más comunes, que integran los permisos para turismos y motocicletas bajo las categorías B, A, A1, A2 y AM, anulan el régimen genérico de renovación de 10 años y pasan a exigir una actualización obligatoria cada cinco años.
En el caso de los trabajadores autónomos o asalariados del transporte público y de mercancías, el intervalo de renovación de los permisos profesionales disminuye hasta un límite estricto de tres años.
La finalidad principal expuesta por las autoridades de tráfico radica en incrementar la regularidad de los exámenes psicotécnicos y clínicos en los centros homologados.
Estas inspecciones obligatorias analizan de forma específica la agudeza auditiva, la respuesta visual frente a destellos, la velocidad de reflejos, la capacidad de coordinación motora y el estado general de las funciones cognitivas.
Los resultados de dichos informes determinan de manera vinculante la aptitud legal necesaria para mantener la seguridad propia y la del resto de los usuarios.
Restricciones personalizadas y exenciones fiscales
La aplicación de las pruebas diagnósticas puede derivar en la adopción de medidas complementarias adaptadas a cada perfil de salud.
Si el personal médico detecta deficiencias que no supongan una inhabilitación total, la DGT cuenta con la facultad de recortar el período de validez por debajo de los cinco años fijados por la norma.
Asimismo, el reglamento prevé la incorporación de limitaciones de movilidad específicas en el historial del conductor, prohibiendo de forma parcial la circulación en horario nocturno o restringiendo los trayectos autorizados a un radio de kilómetros determinado en torno al domicilio habitual.
El envejecimiento de la población activa al volante representa un desafío directo para las políticas de seguridad vial en la Unión Europea. La necesidad de equilibrar el derecho a la movilidad individual con la prevención de siniestros en carretera ha forzado la actualización de los protocolos de aptitud, una tendencia que busca estandarizar los requisitos médicos en todo el territorio comunitario.
Por otra parte, la actualización de la normativa mantiene vigentes ciertos beneficios fiscales de carácter estatal orientados a aliviar la carga económica del sector de mayor edad.
Los conductores que superen la barrera de los 70 años continúan estando completamente exentos del abono de las tasas administrativas de tramitación de la DGT, debiendo costear exclusivamente los honorarios correspondientes al reconocimiento del centro médico.
Los portavoces del organismo reiteran que las nuevas condiciones de inspección no persiguen la retirada masiva de permisos en función de la fecha de nacimiento, sino certificar que el rendimiento físico e intelectual se adecua a las exigencias técnicas del tráfico moderno.
Con información de Marca




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