
El Gobierno limita a 17 horas las guardias de los médicos residentes

​El Consejo de Ministros ha dado luz verde al real decreto que modifica de forma integral la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud.
La nueva norma actualiza de manera sustancial las condiciones de trabajo del personal sanitario en formación, fijando límites estrictos a los turnos de atención continuada y reforzando las garantías en materia de descanso, salario y prevención de riesgos laborales en los centros hospitalarios de todo el país.
​La regulación establece que la jornada ordinaria de trabajo no podrá exceder las 35 horas semanales de promedio en cada semestre. Asimismo, las gerencias de los hospitales deberán comunicar la distribución de los turnos a los profesionales con una antelación mínima de dos meses.
Para asegurar la efectividad de los descansos, las administraciones estarán obligadas a implementar sistemas de registro horario accesibles y transparentes que permitan fiscalizar el cumplimiento estricto de las franjas laborales.
​Límites a las guardias y descansos obligatorios
​Una de las principales novedades de la reforma radica en la duración de la atención continuada. Cada turno de guardia tendrá un límite máximo de 17 horas.
En los supuestos en los que la jornada ordinaria y la guardia se realicen de forma consecutiva sin interrupción previa, el tiempo de trabajo conjunto no podrá rebasar las 17 horas.
Una vez concluida la actividad, el profesional tendrá derecho a un descanso ininterrumpido de al menos 12 horas continuadas antes de reincorporarse a sus labores docentes o asistenciales.
​De acuerdo con la información facilitada por El Confidencial, los residentes realizarán por norma general hasta cuatro módulos de guardia al mes.
Con carácter excepcional, esta cifra se podrá ampliar a cinco módulos por razones estrictamente docentes, quedando prohibido justificar el incremento por déficits estructurales de plantilla. De igual modo, la suma total de la jornada ordinaria y extraordinaria semanales de promedio trimestral.
​Incrementos retributivos y prevención de riesgos
​En el apartado económico, la normativa mantiene el sueldo base correspondiente al grupo de titulación y añade un complemento de formación progresivo. Este incentivo comenzará en un 18% sobre el sueldo base durante el primer año de residencia e irá incrementándose gradualmente hasta alcanzar el 58% en el quinto año del itinerario formativo.
Además, se garantizan los complementos salariales completos en situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o permisos de paternidad y maternidad.
​La norma refuerza asimismo la protección de la salud mental y física de los residentes, exigiendo evaluaciones de riesgos psicosociales y prevención de agresiones al menos cada dos años.
Los apartados organizativos y de jornada entrarán en vigor en septiembre de 2027, mientras que las mejoras retributivas se aplicarán desde el 1 de enero de 2027, abriendo un período de adaptación para los servicios autonómicos de salud.
Con información de El Confidencial


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