
El Parlamento Europeo aprueba crear centros de migrantes fuera de la UE

El pleno del Parlamento Europeo ha respaldado el nuevo texto del Reglamento de Retornos, una normativa diseñada para acelerar las deportaciones y externalizar la gestión migratoria comunitaria. Con 418 votos a favor, 218 en contra y 30 abstenciones, los eurodiputados validaron el borrador político alcanzado el pasado 1 de junio.
La resolución autoriza formalmente el traslado de personas en situación irregular hacia instalaciones de confinamiento ubicadas en naciones externas a las fronteras de la Unión Europea (UE).
Esta aprobación parlamentaria consolida un cambio de rumbo en las directrices de control de fronteras de la UE. La regulación final recoge gran parte de las exigencias de los sectores conservadores para endurecer las devoluciones institucionales, a pesar de las discrepancias expresadas de forma explícita por delegaciones como la española desde las fases iniciales de la negociación.
Las claves operativas de los centros de retorno
La disposición principal de esta reforma legal faculta a los Estados miembros a derivar a los migrantes con órdenes de expulsión vigentes hacia complejos de gestión específicos fuera del territorio comunitario.
Este esquema replica el modelo exterior ensayado de manera bilateral por el Ejecutivo de Italia en Albania durante el año 2024, una estrategia que actualmente permanece paralizada debido a sucesivos fallos de los tribunales ordinarios italianos.
De acuerdo con el documento normativo, las expulsiones hacia estos centros fronterizos requerirán la ratificación de un convenio bilateral previo con el estado receptor, que deberá acreditar formalmente su compromiso con el derecho internacional.
La medida afectará a los adultos con decretos de expulsión firmes que no colaboren con las autoridades de control o presenten riesgos potenciales de fuga, quedando excluidos los menores de edad que viajen sin el acompañamiento de tutores legales.
Plazos de privación de libertad y supervisión
Las jefaturas administrativas o los órganos judiciales competentes poseerán la facultad de dictar órdenes de retención preventiva basadas en expedientes individualesizados.
El período de internamiento regulado en estas bases podrá extenderse hasta los 24 meses, existiendo la alternativa legal de añadir una prórroga extraordinaria de medio año adicional si se presentan variaciones en las circunstancias diplomáticas o si se optimiza el intercambio de datos con los países de origen.
La oposición firme del Gobierno español
El posicionamiento de España se ha mantenido invariable en el bloque de rechazo a las directrices aprobadas. El pasado 11 de junio, la representación del Gobierno español formalizó un documento de queja ante los organismos comunitarios donde ponía en duda la proporcionalidad y la legalidad de los nuevos plazos de reclusión, argumentando que la norma expone a personas por faltas administrativas a encierros superiores a los aplicados en infracciones penales graves.
Mientras delegaciones como Alemania, Austria, Dinamarca, Grecia y Países Bajos avanzan en negociaciones confidenciales con terceros países para externalizar sus estructuras asistenciales, el debate en el hemiciclo evidenció una fractura ideológica profunda.
La bancada conservadora celebró el resultado como una solución realista frente al bloqueo normativo, mientras que los representantes de los sectores de izquierda criticaron con dureza la pérdida de garantías en los procesos de asilo vigentes.
Tras este paso en la Eurocámara, el reglamento se remitirá al Consejo de Ministros de Interior para su validación final antes de ser publicado en el boletín oficial de la Unión.
Con información de RTVE




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