Nueva jubilación flexible: autónomos jubilados podrán trabajar y cobrar la pensión

El Consejo de Ministros aprueba la reforma de la jubilación flexible para compatibilizar la actividad por cuenta propia o ajena con la pensión sin períodos de espera
Actualidad Sala de redacción
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El Consejo de Ministros ha dado luz verde a una modificación estructural en el sistema de pensiones encaminada a flexibilizar la reincorporación al entorno laboral de la población de la tercera edad. La principal innovación de este Real Decreto radica en la inclusión, por primera vez, de los trabajadores por cuenta propia, rompiendo con la exclusión histórica que afectaba al sector.

A partir de la entrada en vigor de la medida, las personas integradas en el régimen de autoempleo podrán compaginar sus ingresos profesionales con la retribución que les corresponde por su jubilación, eliminando además la obligación de cumplir con plazos de carencia o tiempos de espera tras el retiro obligatorio.

La actualización técnica de la Seguridad Social extiende este derecho de compatibilidad de rentas a la práctica totalidad de los regímenes de cotización del Estado.

No obstante, el Ministerio ha establecido excepciones precisas, dejando fuera de este beneficio al personal adscrito a las Fuerzas Armadas, a los funcionarios adscritos a la Administración de Justicia y a los integrantes del Cuerpo de Funcionarios Civiles del Estado.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, defendió la reforma argumentando que el objetivo prioritario es que los ciudadanos que opten voluntariamente por reanudar una actividad económica dispongan de un procedimiento administrativo simplificado y rentable.

Escalas de cotización 

En lo que respecta a la actividad laboral clásica por cuenta ajena, el nuevo reglamento redefine las condiciones de la contratación a tiempo parcial para los jubilados que se reincorporan. 

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El texto legal estipula que las jornadas laborales permitidas deberán situarse ahora en una horquilla de entre el 33% y el 80% del tiempo completo, lo que amplía significativamente los límites previos fijados por la administración.

La reconfiguración del sistema establece incentivos directos sobre las cuantías mensuales recibidas por los beneficiarios: aquellos que cubran una dedicación laboral del 55% al 80% experimentarán una subida del 25% en su asignación pública, mientras que las jornadas ubicadas entre el 33% y el 55% aportarán un incremento adicional del 15% en sus prestaciones de jubilación.

Los pensionistas que decidan reactivar sus proyectos comerciales o servicios profesionales de manera independiente tendrán garantizada la percepción de hasta un 25% de la pensión pública generada durante todo el tiempo en el que se prolongue la actividad comercial concurrente.

Contexto de la sostenibilidad 

A pesar de su inserción formal en el mercado laboral activo, los beneficiarios mantendrán inalterable su condición de pensionistas, preservando todos sus derechos referentes a la cobertura sanitaria y los programas de protección social.

Asimismo, se ha diseñado un mecanismo de revisión para quienes accedieron de forma involuntaria al retiro anticipado; al regresar a la jubilación íntegra tras su paso por esta modalidad flexible, el Estado recalculará su base reguladora según las nuevas cotizaciones, elevando de forma permanente su pensión inicial.

El marco regulatorio entrará en vigor de forma oficial tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Con información de El Economista 

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