Entran en vigor las nuevas normas de tráfico para patinetes, bicis y motos

La reforma del Reglamento General de Circulación impone nuevas obligaciones para patinetes, ciclistas, motoristas y repartidores desde el 1 de octubre
Noticias Agencias
Usuario conduciendo un patinete eléctrico
Usuario conduciendo un patinete eléctrico

Entró en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación, un conjunto de modificaciones normativas orientadas a reforzar la seguridad vial y la protección de los usuarios vulnerables en la red carretera y las tramas urbanas.

Según recoge EFE, las nuevas disposiciones introducen restricciones y obligaciones específicas para conductores de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), ciclistas, motociclistas y profesionales del transporte y reparto.

Nuevos límites y exigencias para patinetes y ciclistas

Entre las principales novedades aplicables a los patinetes eléctricos se establece una edad mínima de 15 años para su conducción.

Asimismo, la normativa impone el uso obligatorio de casco de protección y chaleco reflectante durante la circulación nocturna o en condiciones de baja visibilidad, exigencia que aplica de forma permanente para los repartidores (riders).

El incumplimiento de estas medidas constituirá una infracción grave sancionada con multas de 200 euros. Fuera de los cascos urbanos, las autoridades permitirán su tránsito de forma exclusiva por vías ciclistas habilitadas.

En el ámbito del ciclismo, se eliminaron todas las exenciones previas sobre el uso del casco en vías interurbanas, haciéndolo extensible a todos los usuarios sin excepción.

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Adicionalmente, los conductores de vehículos a motor que pretendan adelantar a una bicicleta en carretera deberán reducir su velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite máximo de la vía y guardar un margen lateral de 1,5 metros, cambiando completamente de carril en calzadas multidireccionales.

En zona urbana, los ciclistas mantendrán preferencia para circular por el centro del carril, exigiendo una distancia de seguridad frontal de al menos 5 metros a los automóviles que los precedan.

Regulaciones para motocicletas y servicios profesionales

Para los motociclistas, el reglamento fija la obligatoriedad de utilizar calzado cerrado en cualquier tipo de vía, con sanciones de 200 euros en caso de incumplimiento.

Como medida de fluidez, se autoriza a las motocicletas a transitar por el arcén derecho durante retenciones de tráfico, siempre que no superen los 30 kilómetros por hora y el tramo se encuentre debidamente señalizado.

Los trabajadores de reparto en motocicleta también deberán portar chaleco reflectante en todo momento.

Por otra parte, la reforma elimina las exenciones en el uso del cinturón de seguridad que amparaban a los conductores de taxis, transportistas de mercancías y profesores de autoescuela, quienes deberán llevarlo abrochado de forma continua.

La única salvedad legal corresponderá al personal sanitario que preste asistencia en ruta dentro del habitáculo posterior de las ambulancias en servicio de urgencia.

Protocolos de emergencia y aplicación gradual de medidas

La normativa actualiza además los protocolos de conducción invernal y emergencias. En situaciones de congestión con vehículos detenidos, los automovilistas deberán orillarse para habilitar un corredor central libre destinado a las unidades de auxilio.

En presencia de nieve en autopistas, quedará prohibido el adelantamiento, obligando a transitar exclusivamente por el carril derecho.

Determinadas exigencias técnicas del real decreto se implementarán de manera escalonada.

La obligación de mantener el alumbrado encendido en los VMP de forma permanente y la exigencia de cascos homologados para motoristas se pospusieron hasta el 1 de octubre de 2027, mientras que la regulación sobre guantes homologados permanece pendiente de desarrollo ministerial.

El marco regulatorio busca adaptar las leyes viales a la coexistencia de nuevos modelos de transporte en la movilidad urbana e interurbana.

Con información de EFE

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