
Sentencia pionera: matar al perro de la pareja se declara violencia machista vicaria

El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha dictado una resolución inédita al condenar a un hombre a 12 meses y un día de prisión por arrojar al perro de su pareja por un risco.
La magistrada ha calificado este acto como un caso de violencia machista vicaria, al considerar que el objetivo era provocar sufrimiento psicológico a la mujer mediante la muerte del animal.
Según ha comunicado este martes el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, la jueza Auxiliadora Díaz ha abordado el caso desde una «perspectiva de género», lo que le ha permitido asumir competencia sobre un delito que, en principio, no corresponde a su jurisdicción: el maltrato animal.
La resolución judicial establece una conexión entre el fallecimiento del perro —tratado como concurso medial— y un delito de maltrato psicológico tipificado en el artículo 153.1 del Código Penal.
Como fundamento jurídico, la magistrada argumenta que «la muerte del animal fue el instrumento elegido para causar el menoscabo psíquico», subrayando que «no se trata de una mera simultaneidad fáctica, sino de una finalidad concreta: matar al animal para quebrar psíquicamente a la mujer».
La sentencia declara probado que, el pasado 13 de septiembre, en Las Palmas de Gran Canaria, el acusado llamó por teléfono a la que entonces era su pareja sentimental y le dijo: «Voy a matar al perro y después me mato», en referencia al podenco de casi cuatro meses que era propiedad de ambos.
A continuación, relata la juez, se dirigió por el paseo de las Canteras hasta la carretera de El Rincón, donde se presentó su pareja, con la intención de recuperar a la mascota.
Una vez allí, siempre según la resolución judicial, el acusado le dijo a la mujer: «No te acerques o tiro al perro y me mato».
Acto seguido, «y con ánimo de menoscabar la integridad psíquica de su pareja, lanza al perro por un risco, golpeándose este contra las escoleras, lo que provocó su muerte».
«Perpetuar la dominación sobre la mujer»
La juez resalta que, a consecuencia de estos hechos, la mujer presentó un cuadro de afectación psicológica que precisó una primera asistencia facultativa, con un tiempo de curación estimado en 90 días.
Y argumenta que, en este caso, aplicar la perspectiva de género «supone entender que estamos ante un caso de violencia vicaria sobre animal de compañía, cuyo fin era perpetuar la dominación y el control sobre la mujer, reforzando la necesidad de una respuesta punitiva agravada y de medidas de protección eficaces».
El fallo ya es firme, puesto que el acusado admitió como cierto en relato del fiscal y se conformó con la pena impuesta, en un juicio rápido celebrado el lunes, 22 de septiembre.
Con información de EFE


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