
Diferencias entre contrato indefinido, fijo-discontinuo y temporal, según la guía del SEPE

El ecosistema laboral en España opera bajo un marco legal en constante transformación. Con el fin de resolver las dudas de trabajadores y empresas, el Ministerio de Trabajo y Economía Social publica la Guía de contratos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Este documento unifica los criterios de contratación y clasifica los acuerdos en cuatro grandes bloques: indefinidos, temporales, de formación en alternancia y de práctica profesional.
A continuación, desglosamos las particularidades de cada opción y las protecciones legales vigentes.
1. Contrato indefinido y la modalidad fijo-discontinuo
Esta modalidad se caracteriza por no fijar una fecha de finalización para la prestación de los servicios.
Tipos de jornada: Se puede estipular de forma completa, parcial o mediante la fórmula de fijo-discontinuo (para labores estacionales).
Forma del contrato: Puede realizarse de manera verbal o por escrito. Sin embargo, la forma escrita es obligatoria en los contratos a tiempo parcial, fijos-discontinuos, de relevo, de trabajo a distancia, los contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero, los de pescadores y los acogidos al programa de fomento del empleo cuando lo exija una disposición legal.
Incentivos: Puede beneficiarse de incentivos a la contratación cuando se cumplan los requisitos exigidos por la norma según las características de la empresa, del trabajador y de la jornada.
2. Contrato temporal: justificación y límites
Causa habilitante obligatoria: El contrato debe describir al detalle el motivo de la temporalidad, los hechos específicos que la provocan y la conexión directa con el tiempo de duración determinado
Jornada y formalización: Puede ser a jornada completa o parcial y debe formalizarse por escrito. Solo se permite la forma verbal si obedece a circunstancias de la producción, su duración es inferior a cuatro semanas y la jornada es completa.
Escenarios de temporalidad:
Por el objeto: Picos de actividad imprevistos, relevos de personal con reserva de plaza o vacantes en procesos de selección
Por fomento del empleo: Contratación de mayores de 52 años con subsidio o personas con discapacidad.
Por función específica: Impulso a la actividad investigadora (acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, o personal investigador predoctoral en formación).
Otros supuestos: Personas penadas en instituciones penitenciarias y menores en centros de internamiento.
3. Contratos formativos: alternancia y práctica profesional
El Estatuto de los Trabajadores articula dos vías para combinar empleo y formación académica:
A. Formación en Alternancia (Art. 11.2 ET)
Vincula el empleo remunerado con la formación teórica (universidad o especialidades del SEPE). Las funciones en la empresa deben coordinarse estrechamente con el plan de estudios.
Bonificaciones (RDL 1/2023): Concede una bonificación de 91 euros al mes en las cuotas empresariales y 28 euros al mes en las cuotas a la Seguridad Social de la persona trabajadora y conceptos de recaudación conjunta.
B. Práctica Profesional (Art. 11.3 ET)
Su meta es proporcionar experiencia laboral práctica a quienes ya cuentan con una titulación previa, adaptada al nivel de sus estudios.
Incentivos: Si el empleado acredita una discapacidad igual o superior al 33%, la empresa recibe una bonificación del 50% en las contingencias comunes. Su firma por escrito es obligatoria.
4. Consecuencias legales por irregularidades
El marco legal protege al trabajador mediante dos presunciones automáticas si la empresa incumple las reglas formales:
Falta de contrato escrito: Si el contrato no se formaliza por escrito cuando es exigible, se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o a tiempo parcial. Cualquiera de las partes puede exigir su formalización por escrito en cualquier momento de la relación laboral.
Falta de alta en la Seguridad Social: Adquirirán la condición de personas trabajadoras fijas aquellas que no hayan sido dadas de alta en la Seguridad Social transcurrido un plazo equivalente al periodo de prueba legal, salvo que de la propia naturaleza del servicio se deduzca su duración temporal.
Resumen de la Guía de contratos del SEPE
Puntos clave
4 Modelos de contrato: Indefinido, Temporal, Formación en Alternancia y Práctica Profesional.
Contrato Indefinido: Sin vencimiento. Requiere soporte escrito en fijos-discontinuos, tiempo parcial, teletrabajo y casos especiales.
Contrato Temporal: Obliga a detallar la causa justa en el documento escrito (salvo excepciones menores a un mes).
Contratos Formativos: Alternancia reduce costes (91 euros empresa / 28 euros empleado) y Práctica Profesional bonifica el 50% por discapacidad laboral.
Garantías: Trabajar sin contrato escrito o sin alta en la Seguridad Social convierte la relación en fija e indefinida.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Un contrato indefinido puede ser de palabra?
Sí, el modelo general lo permite. Sin embargo, si es a tiempo parcial, fijo-discontinuo, a distancia o bajo programas especiales, la ley obliga a firmarlo en papel o digital.
¿Se puede solicitar la formalización por escrito del contrato durante el empleo?
Sí, cualquiera de las partes tiene derecho a exigir que el contrato se formalice por escrito incluso si la relación laboral ya se encuentra en transcurso.
¿Qué ocurre si un empleado trabaja sin ser dado de alta en la Seguridad Social?
Una vez superado el tiempo equivalente al período de prueba legal sin haber sido dado de alta, el trabajador adquiere automáticamente la condición de trabajador fijo, salvo que la naturaleza del servicio demuestre claramente su carácter temporal.
Conclusión


Qué es la capacidad de endeudamiento y cómo calcular tu límite mensual de deudas

La Seguridad Social exigirá más cotización para la pensión en 2027




Mont Blanc: la cima de Europa Occidental entre el alpinismo y la disputa territorial


GTA 6 consolida el verdadero salto generacional que esperaba la industria

Gigantes tecnológicos alertan sobre la sofisticación de los ciberataques con IA




