Indemnización récord de 13,3 millones por una negligencia médica en un parto

Una jueza de Madrid condena a las aseguradoras por las graves lesiones neurológicas sufridas por un recién nacido. La sentencia, motivada por una asistencia sanitaria deficiente en el hospital de Sagunto en 2019, señala fallos críticos en la vigilancia del bienestar fetal y en la respuesta ante señales de alarma durante el alumbramiento
Actualidad Agencias
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La justicia española ha marcado un precedente histórico al fijar una compensación de 13,3 millones de euros para la familia de un menor con parálisis cerebral grave. Se trata de la mayor cuantía concedida en España por un caso de negligencia médica, destinada a cubrir los cuidados permanentes que el niño requerirá de por vida.

Una magistrada del Tribunal de Instancia de Madrid ha dictaminado que una mujer debe percibir una indemnización total que asciende a los 13,3 millones de euros, tras las acreditadas lesiones neurológicas que sufrió su hijo durante el parto el 17 de noviembre de 2019.

La resolución condena directamente a las entidades aseguradoras de la ginecóloga y la matrona responsables de la intervención en el hospital de Sagunto, en Valencia, al considerarse probado que el protocolo de actuación no cumplió con los estándares de seguridad exigidos.

La sentencia estima de forma íntegra la demanda presentada por la familia, estableciendo un pago inicial de 6.106.275 euros, a los que se añaden los intereses devengados desde el momento de los hechos y las costas procesales, alcanzando la cifra récord mencionada.

Según el texto jurídico, durante el proceso de parto se produjeron errores sistemáticos en la monitorización del feto y una interpretación errónea de las señales de estrés que presentaba el bebé. Esta cadena de omisiones impidió que el equipo médico tomara decisiones quirúrgicas o de emergencia a tiempo, derivando en un desenlace irreversible para la salud del recién nacido.

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Como consecuencia directa de esta "deficiente asistencia", el menor padece actualmente una parálisis cerebral infantil de carácter grave, con afectaciones profundas tanto a nivel cognitivo como en su capacidad de comunicación expresiva y comprensiva.

Con una discapacidad reconocida del 87%, el niño dependerá de asistencia especializada y cuidados constantes de manera ininterrumpida durante toda su vida. La resolución subraya que la cuantía no es solo una compensación por el daño moral, sino un fondo necesario para garantizar todos los tratamientos, apoyos y recursos técnicos que la víctima precisará debido a su situación de dependencia total.

El relato de los hechos describe una jornada crítica que comenzó a las 6:31 horas del 16 de noviembre de 2019, cuando la madre ingresó en el servicio de Urgencias cumpliendo las 40 semanas de gestación. No fue hasta las 00:05 horas del día siguiente cuando el niño nació en lo que la sentencia califica como un "lamentable estado de salud".

Tras nacer intubado por asfixia perinatal, el neonato tuvo que ser trasladado de urgencia a la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) del Hospital Clínico, donde se confirmó el daño cerebral derivado de la falta de oxígeno durante las horas previas al nacimiento.

Rafael Martín Bueno, abogado de la demandante y especialista en derecho sanitario, ha manifestado que esta resolución es un hito que "refuerza la importancia de actuar con rapidez ante cualquier signo de deterioro fetal". El letrado recalca que la sentencia pone el foco en la dignidad de las víctimas, asegurando que cuenten con los medios materiales para afrontar las consecuencias de una discapacidad de esta magnitud. 

Con información de EFE 

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