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title: "Caso Begoña Gómez: Audiencia de Madrid rechaza pieza separada y respalda investigar malversación"
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description: "La Audiencia de Madrid revoca la pieza separada contra Begoña Gómez y ordena investigar malversación y tráfico de influencias en la causa principal"
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date_published: "2025-10-09T16:31:00+02:00"
date_modified: "2025-10-09T17:20:04+02:00"
tags:
  - "Actualidad"
  - "Audiencia de Madrid"
  - "Begoña Gómez"
  - "Juan Carlos Peinado"
author_name: "Agencias"
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# Caso Begoña Gómez: Audiencia de Madrid rechaza pieza separada y respalda investigar malversación

![Begoña Gómez|Foto: Europa Press  Caso Begoña Gómez: Audiencia de Madrid rechaza pieza separada y respalda investigar malversación](/download/multimedia.normal.bab5345ddafae28a.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Begoña Gómez|Foto: Europa Press*

La **Audiencia Provincial de Madrid** ha corregido la decisión del juez **Juan Carlos Peinado**, quien en marzo ordenó la apertura de una pieza separada para investigar a **Begoña Gómez**por un presunto delito de malversación relacionado con la contratación y funciones de su asesora en Moncloa, **Cristina Álvarez**. Sin embargo, el tribunal ha autorizado que dicha investigación continúe dentro de la causa principal.

Así lo recoge un **auto judicial** al que ha accedido *Europa Press*, en el que se estima parcialmente el recurso presentado por la [**defensa de Álvarez**](https://elpaisdiariodigital.com/contenido/7045/la-asesora-de-moncloa-niega-gestiones-con-la-ucm-o-empresas-para-beneficio-de-be) contra la resolución que mantenía la **instrucción separada** dictada por el magistrado.

La Sección 23 de la Audiencia ha instado al titular del Juzgado de Instrucción número 41 de [Madrid](https://elpaisdiariodigital.com/contenido/9322/cortes-electricos-en-madrid-horarios-y-zonas-afectadas-hasta-el-5-de-septiembre) a **tomar las medidas necesarias** para reorganizar las actuaciones procesales realizadas tras la apertura de la pieza separada.

"Lo correcto, y lo que indica la práctica diaria, es que iniciado el procedimiento por los **trámites de las [diligencias](https://elpaisdiariodigital.com/contenido/9693/begona-gomez-no-comparece-ante-el-juez-por-presunta-malversacion) previas** de procedimiento abreviado se esté a la práctica de diligencias de investigación ya acordadas y se cuente con **indicios concluyentes** y consistentes antes de proceder a un cambio procedimental", señala.

En su resolución, la Audiencia considera que la decisión de **dividir el procedimiento** fue "prematura e inmotivada desde el punto de vista fáctico, normativo y procedimental".

"Si bien pudiera afirmarse que se trata de una mera decisión de acomodación procedimental sin mayor **trascendencia e impuesta legalmente**, al comprobar que el delito investigado corresponde ser tramitado conforme a la Ley del Tribunal Jurado, sin embargo,**la decisión sí tiene relevancia** dada la complejidad de los diversos hechos investigados", apunta.

La **Audiencia de Madrid** incide en que la resolución dictada por Peinado "no contiene una descripción mínima o sucinta de los hechos que deben **conformar la pieza separada** y los investigados concernidos".

La Universidad Complutense se persona como perjudicada en el caso Begoña Gómez

"No establece un mínimo análisis de la **consistencia indiciaria** y viabilidad jurídica de la imputación delictiva, ni incluye tampoco las razones por la que el juez considera que **es factible el enjuiciamiento por separado** con el resto de conductas sin poner en riesgo la continencia de la causa", agrega.

## Malversación y tráfico de influencias, "entrelazados"

Además, el órgano explica que en este caso están relacionados el **presunto tráfico de influencias**y la supuesta malversación que habrían cometido Gómez y Álvarez, por lo que entiende que lo pertinente es que **se investiguen ambas conductas** en la misma pieza principal, sin necesidad de una pieza separada.

"Ambos comportamientos están íntimamente entrelazados, en tanto que la **intervención habitual** de quien era directora de programas de **Presidencia de Gobierno** era supuestamente utilizada como un elemento más de influenciabilidad subjetiva en el **delito de tráfico de influencias**", remarca.

Por ello, insiste en que el hecho de que "la prueba de ambos supuestos delitos **está intrínsecamente unida**", "imposibilita la formación de piezas separadas sin que el juez instructor haya aportado razonamiento divergente que pueda alterar esa decisión".

Asimismo, considera que "**no es de recibo" que Peinado modificase el procedimiento** "sin verificar una correcta, aun cuando sea sucinta, delimitación fáctica" y sin describir "qué hechos se van a desgajar, respecto de qué investigados y para qué", de manera que se pueda saber "si se trata de **delitos conexos**, si existe consistencia mínima para avanzar el procedimiento, si son escindibles y si ello va a facilitar la correcta tramitación de la causa".

Además, **avisa al juez de que "algunas de las imputaciones efectuadas** (intrusismo y corrupción en los negocios), nunca impugnadas, exigen una mínima verificación judicial sobre su consistencia, antes de continuar por **nuevas fases del procedimiento,** para permitir una mejor delimitación del objeto del procedimiento y facilitar las posibilidades de defensa, por más que al juez instructor no le competa el **ejercicio de la acción penal**".

Al hilo, recuerda que no es su "labor" realizar la **instrucción de la causa**, sino revisar y controlar la actividad del juez, siempre siendo respetuosa con "los ámbitos funcionales diferenciados base de la **independencia judicial**, sin que ello merme la estructura jerarquizada de filtros y garantías" que establece el sistema de recursos.

Fue el pasado 10 de marzo **cuando Peinado abrió la pieza separada** de malversación y citó como testigo al ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, **Félix Bolaños**, al haber desempeñado funciones de secretario general de Presidencia en julio de 2018, cuando se realizó el **nombramiento de la asesora**.

Begoña Gómez pide

La defensa de Álvarez, a cargo del letrado José María de Pablo, además de quejarse de la apertura de la pieza, **alegó que "nada" debía investigarse**sobre el nombramiento porque se había llevado acabo en "perfecta legalidad".

La Audiencia de Madrid responde que "**no se investiga la legalidad del nombramiento" de Álvarez**, "pues se encuentra fuera de toda duda que resulta necesario desde el punto de vista protocolario, de organización de agenda y de seguridad".

"La investigación habría derivado a la posible **extralimitación de las funciones** del cargo, ya que parece deducirse de las diligencias practicadas, que la misma ha participado desde su puesto de **funcionaria de libre designación** de Presidencia del Gobierno, en actuaciones del exclusivo interés personal de la esposa del Presidente", añade.

Los magistrados recuerdan que en resoluciones anteriores ya indicaron que **debía investigase si Álvarez** "pudiera haberse extralimitado en el desempeño de sus funciones públicas para favorecer el plan delictivo" de **Begoña Gómez** "en el delito de tráfico de influencias, mediante la desviación de medios públicos, puestos indebidamente al servicio de intereses particulares o estrictamente privados"

Con información de [***Europa Press***](https://www.europapress.es/nacional/noticia-audiencia-madrid-corrige-peinado-rechaza-dividir-caso-begona-gomez-avala-investigar-malversacion-20251009114729.html)

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