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title: "La nueva ley antitabaco prohibirá fumar o vapear a una distancia mínima en parques y hospitales"
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description: "La nueva ley antitabaco prohíbe los vapeadores de un solo uso"
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date_published: "2025-06-26T08:28:00+02:00"
date_modified: "2025-06-26T14:36:04+02:00"
tags:
  - "Ley"
  - "Ministerio de Sanidad"
author_name: "Agencias"
category_name: "Actualidad"
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category_description: "Mantente informado con las últimas noticias y acontecimientos más relevantes a nivel nacional e internacional. Aquí encontrarás una cobertura completa y objetiva de los eventos que marcan la agenda diaria"
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# La nueva ley antitabaco prohibirá fumar o vapear a una distancia mínima en parques y hospitales

![La futura ley antitabaco La futura ley antitabaco: prohibirá fumar o vapear a una distancia mínima en parques y hospitales](/download/multimedia.normal.a0afed857d8be3b4.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*La futura ley antitabaco*

El **Ministerio de Sanidad** en la futura ley antitabaco pondrá los cigarrillos electrónicos al mismo nivel que los convencionales. La normativa prohibirá **fumar o vapear** en varias zonas al aire libre y establecerá un perímetro de seguridad para **proteger ciertos espacios.**

Según avanzó en el Congreso la titular de [**Sanidad**](https://elpaisdiariodigital.com/contenido/8450/miles-de-personas-manifestaron-en-madrid-por-una-sanidad-mas-publica-y-con-mayor), Mónica García, se tiene previsto **arrancar su tramitación «en unas semanas»** en cuanto culmine algunos flecos pendientes, y ha reiterado que se tratará de **una reforma «lo más ambiciosa posible»**de la legislación vigente.

El último borrador del **anteproyecto**, que recoge *EFE*, prioriza «el derecho de la población no fumadora a **respirar aire no contaminado**», y busca desnormalizar el consumo, sobre todo de los nuevos productos.

En esta línea, define y regula esas **nuevas formas de consumo**, sobre las que pesarán las mismas restricciones que sobre el tabaco: **cigarrillo electrónico** con y sin nicotina, productos a base de hierbas para fumar/shisha, bolsitas de nicotina y cualquier otro artilugio con esta sustancia, **natural o sintética**, o sin ella, que se utilice «con carácter recreativo y/o que imite el **acto de fumar**, lo induzca o guarde relación en cuanto a su consumo tradicional y/o social».

Todos ellos **podrán venderse sólo en estancos y tiendas especializadas**, que no podrán comercializar artículos que puedan resultar atractivos para menores, tales como de dulces, refrigerios, juguetes y productos similares.

La Comisión Europea pide extender la prohibición de fumar y vapear en terrazas y lugares públicos

## Nuevas zonas sin humo

El anteproyecto matiza algunas de las **prohibiciones ya vigentes** y añade nuevas zonas libres de humo:

– **Vehículos** utilizados como lugares de trabajo.

– **En centros sanitarios** no se puede fumar, pero en el futuro tampoco se podrá en los espacios al aire libre o cubiertos comprendidos en sus recintos.

– **Centros educativos y formativos**, universidades y de formación de adultos.

– **En instalaciones deportivas**, piscinas de uso colectivo y recintos donde se desarrollen espectáculos públicos, independientemente de si son interiores como exteriores.

– **Centros de ocio o esparcimiento**, salvo en los espacios al aire libre, así como salas de fiesta, establecimientos de juego o de uso público en general, con independencia de si hay o no menores.

– **Bares**, **restaurantes** y demás establecimientos comerciales de restauración, tanto en interiores como en exteriores.

– **Recintos de parques infantiles** y áreas o zonas de juego para la infancia, entendiendo por tales las zonas acotadas que contengan equipamiento o acondicionamientos destinados específicamente para el juego y esparcimiento de menores.

– Se refuerza la **protección de los entornos**prohibiendo fumar «en un perímetro que diste menos de 15 metros lineales» de los accesos a edificios públicos, centros sanitarios y sociales públicos y privados, «educativos, universidades, museos, bibliotecas y otros centros de enseñanza o culturales públicos o privados, centros deportivos públicos o privados y parques o recintos infantiles».

– **Se suprimen los clubes**de fumadores.

## Espacios en residencias

En centros residenciales de mayores o de discapacidad, **se podrá habilitar una zona específica**para los residentes debida y visiblemente señalizada y con ventilación independiente o con otros dispositivos para **la eliminación de humos**, «no pudiendo extenderse el permiso de consumo a las habitaciones ni al resto de las **zonas comunes** en dichos centros».

Y en los penitenciarios y psiquiátricos de media y larga estancia se permitirá a los internos en las **zonas exteriores de sus edificios** al aire libre, o en las salas cerradas habilitadas al efecto.

Cerco a los desechables

El artículo 25 prohíbe expresamente la **venta y suministro de cigarrillos** electrónicos de un solo uso.

Claves del proyecto de ley de alcohol que limitará los lugares de consumo, su venta y publicidad

## Apariencia uniforme

Cajetillas y paquetes de tabaco de liar **deberán guardar una apariencia uniforme** incorporando el etiquetado neutro, que deberá ser de un color único de los dos que les ofrecerá el Ministerio mediante una orden.

La envoltura transparente que los recubran **deberá estar desprovista de cualquier marca**, sólo podrá incluir un código de barras y un cuadrado o rectángulo negro para cubrirlo en las **unidades de embalaje** incluidas en la envoltura transparente o una tira de rasgado.

Mientras, la unidad de embalaje o embalaje exterior puede mencionar de manera uniforme**el nombre de la marca y del fabricante**, la dirección postal, la dirección de correo electrónico y el número de teléfono; el número de cigarrillos contenidos o la **indicación del peso en gramos** y la mención a la prohibición de su venta a menores

Con información de [***EFE***](https://efe.com/espana/2025-06-25/ley-antitabaco-novedades/)

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