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title: "Cómo reclamar daños y qué cubre tu seguro de hogar tras el apagón eléctrico"
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date_published: "2025-04-29T15:46:00+02:00"
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  - "Apagón eléctrico"
author_name: "Agencias"
category_name: "Economía y Finanzas"
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# Cómo reclamar daños y qué cubre tu seguro de hogar tras el apagón eléctrico

![Mujer ilumina el interior de su casa con la ayuda de velas durante el apagón general|Foto: Europa Press/A. Pérez Meca Cómo reclamar daños y qué cubre tu seguro de hogar tras el apagón eléctrico](/download/multimedia.normal.b4b6e352cad5cbff.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Mujer ilumina el interior de su casa con la ayuda de velas durante el apagón general|Foto: Europa Press/A. Pérez Meca*

Un [**apagón eléctrico**](https://elpaisdiariodigital.com/contenido/8000/apagon-en-espana-red-electrica-calcula-recuperacion-del-sistema-entre-6-y-10-hor) masivo dejó sin suministro a gran parte de la **Península Ibérica** este lunes 28 de abril cerca de las 12:30 del mediodía, y afectó a miles de **hogares y negocios en España**, interrumpiendo sus actividades diarias y provocando perjuicios económicos.

Debido a este hecho inédito e histórico muchos españoles se preguntan si los **daños sufridos,** como electrodomésticos averiados o alimentos descompuestos, pueden reclamarse al **seguro de hogar** o si es posible exigir una compensación a la **empresa eléctrica** responsable.

En un comunicado, el portal *Kelisto* **explica cómo reclamar** y qué daños pueden ser cubiertos por las aseguradoras de hogar, recogido por *Europa Press*.

## Coberturas del seguro de hogar

Los seguros de hogar incluyen coberturas que **pueden ser útiles** para hacer frente a los daños ocasionados por un apagón, por lo que es recomendable que cada asegurado **revise en detalle su póliza**.

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A continuación, se detallan las **coberturas más comunes**que podrían respaldar en este tipo de situaciones.

- **Protección frente a daños eléctricos:** Esta cobertura cubre los desperfectos que puedan sufrir instalaciones eléctricas, los electrodomésticos y los equipos electrónicos de la vivienda.
- **Servicios de reparación** complementarios o de asistencia para ayudar al usuario a arreglar los equipos que todavía tengan solución.
- **Compensación de entre 200 y 300 euros**por el deterioro de bienes refrigerados con el que se cubren las pérdidas ocasionadas, por ejemplo, por los alimentos o medicamentos que se guarden en la nevera o en el congelador, hasta los límites que establezca cada póliza, según explica *Kelisto*. Asimismo, en los **seguros de gama superior**la compensación puede llegar hasta los 500 euros.

En esta línea, los seguros más básicos suelen cubrir únicamente los **daños en la instalación eléctrica**en caso de una incidencia con el suministro, pero no incluyen los desperfectos en los **electrodomésticos o dispositivos** conectados, ni ofrecen compensación por la **pérdida de alimentos refrigerados**, según explica el portal *Kelisto*.

## Recomendaciones para reclamar

El portavoz de **Seguros y Energía de Kelisto**, Javier Martínez, recomienda que los asegurados con cobertura por daños eléctricos presenten a su compañía un documento emitido por la **distribuidora eléctrica,**en el que se indique la fecha y hora exacta del incidente.

En el caso de **alimentos refrigerados**, será necesario adjuntar los recibos de las últimas compras que acrediten el **valor de los productos** echados a perder.

Por su parte, el **Consejo General de Mediadores de Seguros**recomienda tener en cuenta los plazos, puesto que el tomador del seguro **debe comunicar lo sucedido** a su aseguradora en un plazo de siete días para que su mediador traslade el siniestro a la compañía.

Además, es fundamental **documentar todos los daños materiales,**aportando fotografías, facturas o cualquier otra prueba que respalde la reclamación.

## Reclamar a la compañía eléctrica

Para entender si se puede presentar una **reclamación**, lo primero que hay que tener en cuenta es que el usuario se encuentra ante una **interrupción del suministro** imprevista, según Kelisto.

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De su lado, el **Consejo General de Mediadores de Seguros** explica que se considera corte de luz indemnizable cuando no exista suministro eléctrico **durante más de tres minutos** y no se trate de un apagón programado para realizar trabajos de mantenimiento en la red.

El portal Kelisto señala que las compañías eléctricas **están obligadas a aplicar un descuento** en la factura anual de hasta el 10% en algunas regiones como Madrid **si el apagón ha afectado al 100% del mercado eléctrico** y las empresas no reponen el servicio en menos de 6 horas.

Este descuento**se aplicaría directamente en el recibo** sin que se requiera un trámite adicional por parte del usuario.

No obstante, si el incidente es ajeno a las distribuidoras, **las compañías no están obligadas a indemnizar** a los usuarios, por lo que será necesario esperar para entender lo que se puede reclamar y lo que no.

Asimismo, en caso de poder reclamar, el consumidor **tiene derecho a solicitar indemnizaciones** por los daños causados en alimentos o aparatos electrónicos debido al apagón, siempre que cuente con**tickets, facturas o pruebas**que puedan justificar el valor de las pérdidas, según Kelisto.

Con información de [***Europa Press***](https://www.europapress.es/economia/noticia-apagon-espana-reclamar-danos-cubre-seguro-hogar-20250429135648.html?fbclid=PAQ0xDSwJ9r0BleHRuA2FlbQIxMQABpz19vzskKkGy2N9fUXUdQHINpxUtgG5MZf1Y1bABSt8z_K2MpjaZ7hoxjk6J_aem_v0v5iLVtlYAU3HgrE1qTyQ)

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