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title: "Trabajo descarta de nuevo que los becarios  de Nacho Cano fueran trabajadores"
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description: "En la causa que investiga a Nacho Cano, la magistrada Inmaculada Iglesias ordenó a la Inspección de Trabajo que emitiera un nuevo informe sobre los becarios mexicanos del musical Malinche, dado que en el primero no se hizo «una labor de investigación completa»"
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date_published: "2025-04-23T15:56:00+02:00"
date_modified: "2025-04-23T21:24:50+02:00"
tags:
  - "Nacho Cano"
author_name: "Agencias"
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# Trabajo descarta de nuevo que los becarios  de Nacho Cano fueran trabajadores

![El compositor y productor teatral español Nacho Cano|Foto: EFE/Mariscal Trabajo descarta de nuevo que los becarios de Nacho Cano fueran trabajadores](/download/multimedia.normal.85f58a6e15f6231d.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*El compositor y productor teatral español Nacho Cano|Foto: EFE/Mariscal*

La **Inspección de Trabajo** ha descartado de nuevo que los becarios del musical Malinche de [**Nacho Cano**](https://elpaisdiariodigital.com/contenido/6126/sentencia-a-nacho-cano-casi-12000-euros-de-indemnizacion-por-despido-para-un-mus) fueran trabajadores y no aprecia «**irregularidades**», según ha señalado en un segundo informe referente a la causa.

Este informe fue remitido el pasado 14 de abril a un Juzgado de Madrid, cuya titular **investiga a Nacho Cano** y a otras cinco personas por un presunto delito contra los **derechos de los trabajadores y los de los ciudadanos extranjeros**, según recoge EFE, que ha tenido acceso a la información.

El pasado mes de febrero, la magistrada **Inmaculada Iglesias** ordenó a la Inspección de Trabajo que emitiera un **nuevo informe sobre los becarios** mexicanos del musical Malinche, dado que en el primero no se hizo «una labor de **investigación** completa».

En el primer informe se descartaba que hubiera **evidencias** de que las prácticas implicaran «una relación laboral encubierta» y se concluía que los **17 becados mexicanos** realizaron prácticas no laborales en la empresa Malinche The Musical Spain S.L..

Ahora el **segundo informe**, elaborado por un profesional diferente al del primero -como solicitó la jueza-, defiende el trabajo que se hizo, lo completa y concluye que «al igual que en el primer informe (…) **no se ha podido comprobar** que los alumnos en formación fueran **trabajadores** de Malinche el Musical, por no quedar acreditas las notas típicas de una **relación laboral**: trabajo personal, voluntariedad, retribución, dependencia y ajeneidad (obtención de beneficios por parte del empresario)».

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> «**No se aprecian irregularidades** en cuanto a las competencias que ostenta la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social», añade.

Sobre las autorizaciones de **estancia en España** por estudios solicitadas por los becarios mexicanos, la Inspección precisa que, al no tratarse de trabajadores ni de becarios incluidos en la **Ley General de la Seguridad Social**, «el control de su situación administrativa en materia de extranjería **no compete** a esta Inspección».

En este informe, de 20 folios, se defiende la **actuación de la subinspectora** que hizo el primero y se precisa que habitualmente la Inspección de Trabajo y la **Policía Nacional** trabajan conjuntamente y que «el proceder habitual (…) es siempre que primero la Inspección **califica la relación jurídica** y luego la Policía Nacional actúa en consecuencia».

Pero en este caso la **Comisaría de Centro** de la capital solicitó un subinspector de empleo para una actuación el 27 de junio de 2024, dando como «**única información**» que «urge la actuación» puesto que se trataba de ir un **local de ensayos** de un musical que finalizaba el 30 de junio, todo ello «sin que la Inspección hubiera tenido conocimiento de la **investigación** previa que había hecho la Policía».

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## Las críticas de la jueza

El informe se refiere a las críticas de la jueza sobre el primero, entre ellas que su autora **no visitó el centro de trabajo** ni tuvo en cuenta las actuaciones judiciales en las que constaban las pesquisas policiales previas, y aclara que la subinspectora fue donde la llevó la Policía, **entrevistó a todos los bailarines** y dijo que «lo oportuno hubiera sido ir a ver el musical», pero los agentes le dijeron «que **eso no era posible**». También solicitó numerosa documentación.

«Antes de que la subinspectora emitiese el informe, la Policía ya había concluido que la relación que unía a los becarios con la empresa era **laboral**», explica, y subraya que esto lo tiene que determinar la Inspección. **Nacho Cano fue detenido** el 9 de julio de 2024, antes de que estuviera listo el informe.

Este segundo informe detalla las **entrevistas realizadas** y los documentos recabados en los últimos meses para **indagar** en la situación de los becarios de Malinche y descarta que se den los requisitos típicos de una relación laboral, subrayando por ejemplo que «no se ha podido comprobar, en absoluto, que los **alumnos** sustituyeran en ningún momento a **actores principales del musical**» y por lo tanto que la empresa recibiera frutos por ello.

Tampoco ve probado que la empresa remunerara a los becarios, aunque **sí les aportaba dinero** para sufragar sus gastos personales, determinadas comidas, el alojamiento o el seguro médico.

Con información de [***EFE***](https://efe.com/espana/2025-04-23/nacho-cano-jueza-declaracion-investigados-testigos/)

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