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title: "La jueza de la Dana imputa a la exconsellera Salomé Pradas y rechaza investigar a Mazón"
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description: "La instructora del juzgado de Catarroja considera necesario tomar declaración como investigados a la exconsellera de Justicia e Interior y al que fuera secretario autonómico de la misma Consellería"
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date_published: "2025-03-11T09:21:00+01:00"
date_modified: "2025-03-11T00:16:38+01:00"
tags:
  - "Carlos Mazón"
  - "DANA"
  - "Valencia"
author_name: "Agencias"
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# La jueza de la Dana imputa a la exconsellera Salomé Pradas y rechaza investigar a Mazón

![El president de la Generalitat, Carlos Mazón|Foto: EFE Villar López La jueza de la Dana imputa a la exconsellera Salomé Pradas y rechaza investigar a Mazón](/download/multimedia.normal.bd40897d04b564ef.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*El president de la Generalitat, Carlos Mazón|Foto: EFE Villar López*

La titular del **juzgado de Catarroja** en Valencia que investiga la gestión de [Dana](https://elpaisdiariodigital.com/contenido/5133/la-dana-golpea-con-dureza-el-sur-y-el-este-de-la-peninsula-siete-desaparecidos-u), citó a declarar como investigados a la **exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas** y al exsecretario autonómico de ese departamento Emilio Argüeso, y ha **rechazado citar al president de la Generalitat,** Carlos Mazón, «sin perjuicio» de que «él mismo pudiera solicitarlo».

Asimismo, la jueza rechaza la admisión de querellas **relacionadas con otros responsables de la Administración** autonómica y de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), acordado en dos autos **notificados a las partes personadas**en el procedimiento por presuntos delitos de homicidio y lesiones por imprudencia, según lo informado por el **Tribunal Superior de Justicia**de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

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## 225 víctimas mortales y 3 desaparecidos

En la resolución inicial, la jueza instructora actualiza el número de fallecidos a **225** (hasta ahora eran 224), junto a **tres personas desaparecidas**, dato que se sumará a las diligencias previas, luego de **incorporar a una mujer que padecía leucemia,** requería transfusiones periódicas de sangre y asistencia respiratoria con oxígeno y, tras **quedar sin esa asistencia**, falleció en el Hospital La Fe el 12 de noviembre del pasado año.

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La jueza reitera en este auto que el **aviso a la población por el sistema Es-Alert a las 20:11 horas** del 29 de octubre resultó «tardío y erróneo» y recuerda asimismo que la Dana «**no fue un fenómeno meteorológico imprevisto**», ya que su avance y desarrollo fue anunciado por la Aemet, «hasta el punto de que la Universitat de València **acordó la suspensión completa de sus actividades**».

A juicio de la magistrada, esas previsiones «**debieron llevar a una convocatoria en la mañana**» de ese día del Centro de Coordinación Operativa Integrada (Cecopi), «al objeto cuanto menos de **avisar a la población**».

El auto desgrana la **información oficial y detallada** sobre la alerta meteorológica que ofreció durante toda la jornada la televisión autonómica À Punt, **incluidas diversas conexiones en directo**desde localidades afectadas como Chiva o Utiel, donde se daba cuenta minutos después de las 15:00 horas del **desbordamiento del barranco del Gallo** (que toma, caudal abajo, el nombre del Poyo) o del río Magro, respectivamente.

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## Convocatoria tardía del Cecopi

De este modo, para la jueza, la convocatoria del **Cecopi**, a las 17 horas de ese día, «se llevó a cabo con una gran demora, a lo que ha de sumarse que la **toma de decisiones por la Administración** autonómica destinada a alertar a la población se produjo con un retraso todavía mayor».

El Cecopi -prosigue- «**es un órgano de coordinación**» en materia de emergencias con otras administraciones, pero «ello **es completamente independiente de las decisiones** que se pueden tomar en el ámbito de protección civil por quien ostenta no solo la competencia exclusiva, sino **la posibilidad de llevar a cabo la comunicación**a la población de las medidas de protección».

La jueza entiende que los anuncios sobre la «**gravedad de la situación**» se produjeron «en diversos ámbitos y con una antelación suficiente», a través de Aemet, las llamadas al teléfono de **emergencias de la Generalitat 112,**los medios de comunicación o la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ).

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«El problema residiría no en la ausencia de información, la había sobrada, y por **innumerables medios**, en tiempo real (…), sino en el hecho de que ante dicha información, o bien se ignorara la misma, **no se comprendiera su alcance** (…) o no se tomaran las decisiones pertinentes por quien tenía el poder de decisión», afirma.

La instructora **considera necesario tomar declaración como investigados**, en una fecha aún por determinar, a la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y al que fuera secretario autonómico de la misma Conselleria Emilio Argüeso.

## Pradas, «máxima autoridad»

En cuanto a la primera, señala que tenía atribuido como máxima autoridad el **proceso de adopción de medidas de autoprotección de la población**, y respecto al segundo apunta que se precisa su declaración dada su “relevancia orgánica y por ende decisoria”.

La juez admite por tanto la querella interpuesta por la **Asociación de Damnificados Dana Horta Sud** respecto a Pradas y Argüeso, mientras que la **rechaza respecto a los otros querellados**: el director general de Emergencias, una jefa de servicio, el subdirector de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE) y el presidente de la CHJ.

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Por las mismas razones **inadmite la querella formulada por la entidad Hazte Oír**contra el presidente y otros cuatro cargos de la CHJ, ante la «inexistencia de indicios» contra ellos.

## Mazón aforado

En un segundo auto, la instructora ha acordado **rechazar la declaración como testigo o investigado del president** de la Generalitat, Carlos Mazón, que habían solicitado la Asociación de Damnificados Dana Horta Sud y **otras dos acusaciones particulares**, respectivamente, «sin perjuicio» de que «él mismo pudiera solicitarlo».

No obstante, a la vista de la instrucción realizada hasta el momento y de **las peticiones de diligencias** que han realizado algunas de las partes, la juez ha decidido comunicar al jefe del Consell, que es aforado, la presente resolución **para que tenga conocimiento de las actuaciones,** conforme al artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y pueda solicitar su personación.

Con información de [***EFE***](https://efe.com/comunidad-valenciana/2025-03-10/la-jueza-rechaza-citar-como-investigado-a-mazon-por-la-dana/)

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