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tags:
  - "CCOO"
  - "España"
  - "Noticias"
  - "Salario Mínimo Interprofesional (SMI)"
  - "UGT"
author_name: "Agencias"
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# Aprobado el nuevo salario mínimo en España para 2025

![Empleo - trabajo - trabajador - restaurante - limpieza](/download/multimedia.normal.ac40e4693ba0f326.Q2FudmEgXzIwMjUwMTE3XzE2MTAzMF8wMDAwX25vcm1hbC53ZWJw.webp)

El aumento del 4,4% del salario mínimo interprofesional (SMI) para 2025 **ha sido aprobado por el Gobierno** y el Ministerio de Hacienda confirma que se tendrá que tributar en el **Impuesto de la Renta de Personas Físicas (IRPF)**.

El repunte del SMI **se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero** y afectará a cerca de 2,5 millones de trabajadores.

En concreto, **el SMI pasará de 1.134 euros a 1.184 euros brutos mensuales** en 14 pagas, representando 700 euros anuales más y 50 euros al mes adicionales.

Hacienda: los trabajadores que cobren el SMI tributarán en el IRPF tras la subida

Asimismo, Europa Press explica **las claves del aumento del SMI** y del impuesto de Hacienda y cómo quedarán la nóminas desde el 1 de enero.

## ¿Por qué ha aumentado el SMI?

El incremento del SMI es fruto del **acuerdo alcanzado el pasado 29 de enero** entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos **CCOO y UGT**, mientras que los empresarios no quisieron sumarse a este acuerdo y plantearon una subida menor, entre el **3% y el 3,4%**, pero sin éxito.

No es la primera vez que los empresarios no respaldan un acuerdo para subir el SMI, de hecho en el 2024 **Trabajo acordó sólo con CCOO y UGT el incremento salarial del 5%**, desde los 1.080 euros mensuales por catorce pagas hasta los 1.134 euros.

Los empresarios tampoco defendieron la subida del SMI del 8% para 2023, ni los incrementos de 2022 y 2021. No obstante, **CEOE y Cepyme sí respaldaron el aumento de 2020,**cuando el SMI pasó de 900 a 950 euros mensuales.

Aunque este año **se elevará finalmente un 4,4% del SMI,**este porcentaje es inferior al 5,8% que pedían los sindicatos para situarlo en **1.200 euros mensuales**.

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## Cuantías específicas del SMI

Las **cuantías del SMI**para este año serán las siguientes en el caso de los SMI fijos:

**SMI diario**: 39,47 euros.

**SMI mensual**: 1.184 euros.

**SMI anual**: 16.576 euros.

SMI para eventuales y temporeros, por jornada legal en la actividad: **56,08 euros**.

SMI empleados de hogar, por hora efectivamente trabajada: **9,26 euros**.

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## ¿A quiénes afectará el IRPF sobre el SMI?

**El SMI queda exento hasta el importe alcanzado en 2024** (1.134 euros mensuales o 15.876 euros anuales), pero desde el**1 de enero de 2025 se tributará** por el IRPF entre esta cifra anual (15.876 euros) y los 16.576 euros al año en los que ahora se sitúa el nuevo salario mínimo.

Aunque por el momento **Hacienda no ha confirmado a cuántas personas afectará este impuesto** (solo se ha limitado a decir que la mayoría de los perceptores seguirán no tributando por el IRPF), el **comité de expertos que consultó Trabajo** para elevar el SMI estableció que alrededor del **20% de los actuales perceptores** tendrán ahora que tributar, es decir, aproximadamente medio millón.

Asimismo, el IRPF no sólo tiene en cuenta la renta del contribuyente, sino que se **tributa según las circunstancias personales de los trabajadores**, ya sea que tengan hijos, discapacidad o hipotecas, entre otros factores personales; de ahí que **aproximadamente el 80% de los perceptores del SMI seguirán estando exentos en 2025** de sufragar este impuesto.

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Por ejemplo, a un contribuyente con pareja y un hijo menor de 3 años que cobre el SMI, **no se le aplicará ninguna retención del IRPF**. Por su parte, un contribuyente con pareja y que tiene un **hijo mayor de tres años tendría una retención del 0,60%,**representando 99 euros al año.

Por otro lado, en el caso de un **asalariado soltero y sin hijos que cobre el SMI, tributaría un 1,81%,** implicando una deducción de 300 euros al año.

Con información de [***Europa Press***](https://www.europapress.es/economia/laboral-00346/noticia-aprobado-nuevo-salario-minimo-espana-2025-cuanto-sube-quien-debera-tributar-irpf-20250211152407.html?fbclid=PAY2xjawIYQ79leHRuA2FlbQIxMQABpj5968lKCHVD7cgbVJBYQHhi_WIQa6cjXVTBKBvibUrc0hisvtPdmMHc-A_aem_NSaQXIFyYm8RgYDmEXOf1w)

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