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title: "El Tribunal de la UE ordena que se registre la jornada laboral diaria del trabajo doméstico"
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description: "La Justicia de la Unión Europea ordena que los empleadores de trabajadores de las tareas domésticas deben establecer un sistema que permita llevar el registro de la jornada laboral diaria"
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  - "Empleo"
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category_description: "Sección destinada a informar sobre actualidad económica, prestamos, finanzas, economía, valores, bolsa, oro, metales preciosos, inversión"
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# El Tribunal de la UE ordena que se registre la jornada laboral diaria del trabajo doméstico

![Trabajo doméstico - limpieza del hogar - trabajo](/download/multimedia.normal.89e7603bc7701c09.aW3DoWdlbmVzIENhbnZhIF8yMDI0MTIxOV8xODEyMDJfX25vcm1hbC53ZWJw.webp)

El **Tribunal de Justicia de la Unión Europea** (TJUE) ordena que los empleadores de **trabajadores de las tareas domésticas** deben establecer un sistema que permita llevar el registro de la **jornada laboral diaria** de cada empleado del hogar, al contrario de la legislación española, que exime a estos empleadores de hacerlo.

La corte con sede en **Luxemburgo** se ha pronunciado en una sentencia sobre el caso de una **empleada del hogar** cuyo despido fue dictaminado improcedente por los tribunales españoles, que **condenaron al empleador** a pagarle las cantidades correspondientes a los días de **vacaciones no disfrutadas** y a las pagas extra.

No obstante, el juez estimó que la empleada no había probado ni las horas trabajadas ni**el salario que reclamaba**, puesto que sus empleadores no habían evidenciado **registros de los horarios del trabajo** que realizó dado que la normativa española no lo establece.

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La trabajadora recurrió esta sentencia y el tribunal que debe dirimir el caso decidió preguntar al **TJUE** si la **normativa española** es compatible con el Derecho de la UE, según recoge *EFE*.

En la sentencia dictada, la corte recuerda que **España introdujo la obligación del registro horario de la jornada laboral**, precisamente por obligar una sentencia europea de 2019 que consideró que el sistema previo era contrario a la **legislación comunitaria**y subrayó que todas las autoridades nacionales, incluidos los tribunales, **están obligados a contribuir a que se cumpla**.

Por ello, considera que "la interpretación por los jueces de una **disposición nacional**o una práctica administrativa que eximan a los empleadores de la obligación de **establecer dicho sistema** en lo que respecta a los empleados de hogar vulneran manifiestamente la Directiva europea de **ordenación del tiempo de trabajo**", señala el auto.

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"En efecto, (las trabajadoras y trabajadores domésticos) se ven así privados de la **posibilidad de determinar** de manera objetiva y fiable el número de **horas de trabajo** realizado y su distribución en el tiempo", explica el tribunal en un comunicado.

No obstante, el TJUE también apunta que, debido a las particularidades del **sector del trabajo doméstico**, pueden establecerse excepciones por lo que respecta a las **horas extraordinarias** y al trabajo a tiempo parcial, siempre que no vacíen de contenido la normativa en cuestión, algo que deberá examinar ahora el **tribunal español.**

La corte añade además que, "dado que los empleados de hogar son un grupo de trabajadores claramente feminizado, no cabe excluir que se esté ante una **discriminación indirecta por razón de sexo**, salvo que esta situación esté objetivamente justificada", y deja también en manos del juez español analizar este extremo.

Con información de [***Expansión***](https://www.expansion.com/economia/2024/12/19/6763ed34468aebcb3c8b45c9.html?cid=SOCIAL_ORGANICO-IG_ST&utm_source=instagram&utm_medium=social_organico&utm_campaign=SOCIAL_ORGANICO-IG_ST&fbclid=PAY2xjawHRIglleHRuA2FlbQIxMQABpuxXTTR11kWTuyBhWARDjA9_EUtmFKK7-UIomJm8_BqEtrwPACVJR6st5w_aem_EevZgom1-KSGoH6Aij5pxQ)

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