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# Entra vigencia nueva base mínima de cotización de 1.323 euros al mes por subida del SMI

![obreros](/download/multimedia.normal.b807e4577cbcc6a1.b2JyZXJvc19ub3JtYWwud2VicA%3D%3D.webp)

El Gobierno ha publicado este jueves 28 de marzo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una orden ministerial para actualizar las **bases mínimas de cotización a la Seguridad Social hasta los 1.323 euros mensuales**, un incremento de 63 euros que tiene efecto retroactivo desde el 1 de enero de este año y que se ha producido acorde con la última subida del salario mínimo aprobada en febrero.

Mediante una orden del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, se han actualizado los topes mínimos de la base de cotización a la Seguridad Social en cada uno de sus regímenes conforme al salario mínimo de 1.134 euros mensuales aprobado para este 2024.

De este modo, esos 1.323 euros de base mínima **serán aplicables para los trabajadores menores de 18 años**, peones, oficiales de primera, segunda y tercera, auxiliares administrativos, subalternos, oficiales administrarios y ayudantes no titulados.

**En el caso de los jefes administrativos y de taller,**la base es ligeramente superior, hasta los **1.332,90 euros**, mientras que para **los ingenieros, técnicos, peritos y ayudantes titulados**pasa a ser de **1.532,10 euros** y para **ingenieros**, **licenciados** y personal de alta de dirección se sitúa en los **1.847,40 euros**.

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También se actualizan de acuerdo con el Salario Minimo Interpersonal (SMI) las bases y tipos de cotización mínimos para los trabajadores por cuenta ajena agrarios, tanto en términos mensuales como diarios, **para empleados de hogar y los socios de cooperativos de trabajo asociado.**

De su lado, la cotización mínima en el sistema especial para trabajadores agrarios pasa a ser de **57,52 euros al día**.En lo que respecta a las bases mínimas de cotización por contingencias comunes pasan de **7,59 a 7,97 euros desde los ayundates no titulados hasta los trabajadores menores de 18 años.**

## Contratos para la formación y el aprendizaje

Para los contratos para la formación y el aprendizaje o de formación en alternancia, la cotización a la Seguridad Social **consistirá en una cuota única mensual de 64,30 euros por contingencias comunes**, de los que 53,61 euros serán a cargo del empresario y 10,69 euros, a cargo del trabajador.

En lo que se refiere a las contingencias profesionales, la cuantía pasa a ser de 7,38 euros, de los que 3,82 euros corresponden a incapacidad temporal y 3,56 a invalidez, muerte y supervivencia. **La base de cotización por desempleo será la base mínima correspondiente a las contingencias** por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, mientras que la cotización al Fondo de Garantía Salarial consistirá en una cuota mensual de 4,07 euros, a cargo del empresario; y la cotización por formación profesional consistirá en una cuota mensual de 2,26 euros, de los 2 euros serán a cargo de la empresa y los 0,26 restantes, a cargo del trabajador.

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**También suben las cuantías para las prácticas formativas no remuneradas**, de modo que la cotización consistirá en una cuota empresarial, por cada día de prácticas, de 2,67 euros por contingencias comunes excluida la prestación de incapacidad temporal y de 0,33 euros por contingencias profesionales, sin que pueda superarse la cuota máxima mensual por contingencias comunes de 60,76 euros.

**Por contingencias profesionales la cantidad se sitúa en 7,38 euros, de los que 3,82 euros** corresponden a la contingencia de incapacidad temporal y 3,56 euros a la de incapacidad permanente y muerte y supervivencia. De la cuota diaria por contingencias profesionales de 0,33 euros, 0,17 euros corresponderán a la contingencia de incapacidad temporal y 0,16 euros a las contingencias de incapacidad permanente y muerte y supervivencia.

Además de la actualización de las cifras, el Gobierno establece que en el caso de las prácticas formativas remuneradas y no remuneradas, **la entidad, organismo, empresa o institución que asuma la condición de empresario deberá solicitar**, en cualquier caso, el alta y la baja y comunicar el número de días de prácticas realizadas.

**Con información de [*europa press*](https://www.europapress.es/economia/laboral-00346/noticia-entra-vigor-nueva-base-minima-cotizacion-1323-euros-mes-subida-smi-20240328121601.html)**

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