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title: "Nueva jubilación flexible: autónomos jubilados podrán trabajar y cobrar la pensión"
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description: "El Consejo de Ministros aprueba la reforma que permite a los autónomos compatibilizar su actividad por cuenta propia con el cobro de la pensión"
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date_published: "2026-05-28T17:20:00+02:00"
date_modified: "2026-05-28T16:44:57+02:00"
tags:
  - "Autónomos"
  - "Consejo de Ministros"
  - "Elma Saiz"
  - "Jubilación Flexible"
  - "Pensiones"
  - "Seguridad Social"
author_name: "Sala de redacción"
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category_description: "Mantente informado con las últimas noticias y acontecimientos más relevantes a nivel nacional e internacional. Aquí encontrarás una cobertura completa y objetiva de los eventos que marcan la agenda diaria"
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# Nueva jubilación flexible: autónomos jubilados podrán trabajar y cobrar la pensión

![trabajador-autonomo-senior-revisando-documentos-financieros-en-un-ordenador](/download/multimedia.normal.8dd3e47aa923e8e6.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*trabajador-autonomo-senior-revisando-documentos-financieros-en-un-ordenador*

El **Consejo de Ministros** ha dado luz verde a una modificación estructural en el sistema de **pensiones** encaminada a flexibilizar la reincorporación al entorno laboral de la población de la tercera edad. La principal innovación de este [Real Decreto](https://elpulsodiariodigital.com/contenido/6374/psoe-acuerda-con-junts-aprobar-otro-real-decreto-ley-omnibus) radica en la **inclusión, por primera vez, de los trabajadores por cuenta propia**, rompiendo con la exclusión histórica que afectaba al sector.

A partir de la entrada en vigor de la medida, las personas integradas en el régimen de [**autoempleo**](https://elpulsodiariodigital.com/contenido/10480/jovenes-emprendedores-como-evitar-el-colapso-financiero-y-atraer-inversores) podrán **compaginar sus ingresos profesionales** con la retribución que les corresponde por su jubilación, eliminando además la obligación de cumplir con plazos de carencia o tiempos de espera tras el retiro obligatorio.

La actualización técnica de la **Seguridad Social** extiende este derecho de compatibilidad de rentas a la práctica totalidad de los regímenes de cotización del Estado.

No obstante, el Ministerio **ha establecido excepciones precisas**, dejando fuera de este beneficio al personal adscrito a las **Fuerzas Armadas, a los funcionarios adscritos** a la Administración de Justicia y a los integrantes del Cuerpo de Funcionarios Civiles del Estado.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, **Elma Saiz,**defendió la reforma argumentando que el objetivo prioritario es que los ciudadanos que **opten voluntariamente por reanudar una actividad económica** dispongan de un procedimiento administrativo simplificado y rentable.

## Escalas de cotización

En lo que respecta a la actividad laboral clásica por cuenta ajena, el nuevo reglamento redefine las condiciones de la **contratación a tiempo parcial para los jubilados** que se reincorporan.

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El texto legal estipula que las jornadas laborales permitidas deberán situarse ahora en una horquilla de entre el **33% y el 80% del tiempo completo**, lo que amplía significativamente los límites previos fijados por la administración.

La reconfiguración del sistema establece incentivos directos sobre las cuantías mensuales **recibidas por los beneficiarios:** aquellos que cubran una dedicación laboral del 55% al 80% experimentarán una subida del 25% en su asignación pública, mientras que las jornadas ubicadas entre **el 33% y el 55%** aportarán un incremento adicional del **15%** en sus prestaciones de jubilación.

Los pensionistas que decidan reactivar sus **proyectos comerciales o servicios profesionales** de manera independiente tendrán garantizada la percepción de hasta un **25%** de la pensión pública generada durante todo el tiempo en el que se prolongue la actividad comercial concurrente.

### Contexto de la sostenibilidad

A pesar de su inserción formal en el **mercado laboral activo,**los beneficiarios mantendrán inalterable su condición de pensionistas, preservando todos sus derechos referentes a la **cobertura sanitaria y los programas de protección social**.

Asimismo, se ha diseñado un mecanismo de revisión para quienes accedieron de forma involuntaria al retiro anticipado; al regresar a la jubilación íntegra tras su paso por esta modalidad flexible,**el Estado recalculará su base reguladora según las nuevas cotizaciones,**elevando de forma permanente su pensión inicial.

El marco regulatorio entrará en vigor de forma oficial **tres meses después**de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Con información de [***El Economista***](https://www.eleconomista.es/economia/noticias/13937986/05/26/el-gobierno-aprueba-la-reforma-de-la-jubilacion-flexible-incluye-a-los-autonomos-y-elimina-el-periodo-transitorio-de-un-ano.html)

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